Buenos días chic@s,
Hoy vamos a tratar el tema de la legislación Canaria.
Como se puede observar Canarias lleva a cabo los mismos
patrones que en otras comunidades.
Canarias demanda un sistema educativo en consonancia con sus
singularidades y perfectamente homologable con los sistemas educativos que
mejor funcionan. Un sistema basado en un modelo educativo propio, respaldado
por un amplio acuerdo social y político. Un sistema educativo que disponga de
una financiación acorde con sus necesidades y ejecutada siguiendo criterios de
eficacia y eficiencia, que verifique en cada momento que los recursos y la
financiación están dirigidos a aquellos estudiantes que más lo necesitan, que
fije expectativas claras y altas respecto a lo que cada estudiante debe saber,
comprender y hacer, teniendo en cuenta no solo la sociedad actual, sino la
sociedad futura y no solo el archipiélago sino todo el conjunto de la sociedad
española y europea. En estas condiciones, la cultura socialmente relevante es
aquella que integra tanto la tradición científica como la tradición humanística
y la técnico-profesional.
Canarias necesita un sistema educativo para un mundo global.
Nadie ignora que la mundialización de la economía y la utilización de las
tecnologías de la información y la comunicación están alterando no solo la
economía y la política, sino la vida cotidiana, modificando nuestras formas de
conocer y de comunicarnos, nuestras formas de pensar y, sobre todo, nuestras
formas de relacionarnos. Alteraciones que, en muchos casos, se producen sin una
comprensión adecuada, sin nuestro consentimiento, ni nuestra participación y
que no parece que puedan contribuir al progreso de la humanidad porque
debilitan la respuesta democrática. Por ello se trabaja también en las aulas.
A través de una iniciativa legislativa popular en el año
2010, el Parlamento de Canarias hace suyo el reto social de asumir la educación
como eje central de un cambio estructural para el progreso de nuestra sociedad,
de prestar especial atención al conocimiento, la formación y la educación como
factores determinantes del progreso y del bienestar social.
Los principios rectores que regirán el sistema educativo
canario serán:
a) Un sistema educativo de calidad, entendido como un
sistema que garantice la equidad y la excelencia, con capacidad de ofrecer a
cada persona el tipo de atención pedagógica que necesita, garantizar una amplia
igualdad de oportunidades, facilitar la participación social, promover la
eficacia en todos los centros para atender a las necesidades educativas del
alumnado y alcanzar los mejores resultados de aprendizaje en todo el alumnado.
b) La equidad del sistema educativo para evitar que las
desigualdades económicas y sociales.
c) La mejora continua de los centros y servicios educativos
para que en cada momento puedan ofrecer la respuesta más adecuada dadas las
características del alumnado y las condiciones disponibles. Aportando su propio
valor añadido a las condiciones definidas para el conjunto del sistema
educativo.
En el Artículo 7 hace referencia a los aspectos desde el
punto del alumnado, donde nosotras hemos seleccionado los que están más
relacionados con nuestro blog.
La accesibilidad y permanencia en el sistema educativo, por
lo que recibirán las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias
y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural.
CENTROS, SERVICIOS Y PROGRAMAS EDUCATIVOS
En este artículo también hemos hecho una pequeña selección.
Artículo 17.- Los centros educativos
3. Todos los centros docentes deberán reunir unos requisitos
mínimos para impartir las enseñanzas con garantía de calidad. El Estado, a
través de la normativa básica del Estado, y el Gobierno de Canarias, mediante
reglamento, establecerán dichos requisitos mínimos. Los requisitos mínimos se
referirán, en todo caso, a la titulación académica del profesorado, relación
numérica alumnado/profesorado, instalaciones docentes y deportivas y número de
puestos escolares.
-
El sistema educativo debe facilitar y las administraciones públicas deben
promover que toda la población llegue a alcanzar, al menos, una formación de
educación secundaria postobligatoria o equivalente.
- Permitir
una organización flexible, variada e individualizada de la ordenación de los
contenidos y de su enseñanza, facilitando la atención a la diversidad como
pauta ordinaria de la acción educativa del profesorado, particularmente en la
enseñanza obligatoria.
- Atender
las necesidades educativas específicas de apoyo educativo y la sobredotación
intelectual, propiciando adaptaciones curriculares específicas para este
alumnado.
- Durante
la educación infantil debe asegurarse la detección precoz de las necesidades
específicas de apoyo educativo y de las manifestaciones evolutivas que puedan
indicar un riesgo de trastorno del alumnado, que deben recibir una atención
ajustada a sus características singulares.
EN EDUCACIÓN PRIMARIA
3. La evaluación de los aprendizajes del alumnado debe ser
continua y global. La decisión de promoción de ciclo tiene carácter global, de
forma que debe determinarse a partir del progreso conjunto en las distintas
áreas que configuran el currículo y del grado de consecución de las
competencias básicas.
4. En el caso de que el alumno o la alumna no haya alcanzado
las competencias, podrá permanecer un curso más en la etapa. Esta medida podrá
adoptarse una sola vez a lo largo de la educación primaria con un plan
específico de refuerzo o recuperación de sus competencias.
6. La administración educativa establecerá medidas de acceso
al currículo, así como, en su caso, adaptaciones y exenciones del mismo,
dirigidas al alumnado con discapacidad que lo precise en función de su grado de
minusvalía.
BIBLIOGRAFÍA
3512 Ley 6/2014, jueves 7 de agosto, de Educación. [Boletín
Oficial de Canarias, nº 152]
Nos vemos pronto,
Un saludo.

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